miércoles, 31 de julio de 2019

El “EINF”, una nueva oportunidad de proyección comercial y de diferenciación de la Compañía en el mercado


En nuestro artículo del pasado 10 de julio, les informábamos de la nueva obligación para las sociedades individuales y los grupos consolidados de sociedades, en relación a la elaboración del Estado de Información No Financiera (EINF), desde un punto de vista legal y técnico.

En este artículo, queremos ampliar la visión a las oportunidades complementarias que se derivan de una buena elaboración del EINF, principalmente centradas en la proyección comercial y la diferenciación de la Compañía en el mercado.

También queremos destacar, los principales inconvenientes que pueden derivarse de la elaboración del EINF con el mero enfoque de cumplimiento y sin aportación de valor adicional, así como los generados por la falta de desempeño suficiente por parte de la Compañía en los asuntos y temas económicos, medioambientales y sociales objeto de información en el EINF.

Oportunidades

La elaboración del EINF con una visión más amplia que la estrictamente legal, permitirá a la Compañía proyectar una imagen y una reputación económica, ambiental y social mejor y mayor, con las finalidades siguientes:

1. Favorecer la competitividad y la diferenciación comercial de la Compañía frente a otros operadores del mercado y del sector.

2. Transmitir seguridad a los clientes en general y aquellos que liciten en particular.

3. Asegurar las operaciones y los servicios suministrados por los proveedores en general, y los facilitados por las compañías aseguradoras y las entidades financieras y de crédito en particular.

4. Captar y retener talento profesional.

Este es uno de los aspectos más relevantes. En la actualidad, las nuevas generaciones de empleados, para mantener su compromiso con una Compañía o aceptar nuevos retos profesionales en otras, aparte de los aspectos retributivos, valoran en gran medida y de forma prioritaria aquellos más cualitativos relativos a la responsabilidad social y corporativa. La facilidad de acceso a la información hoy en día, hace que las nuevas generaciones obtengan y analicen todos los detalles de la Compañía, al objeto de anticipar el trato que consideran que van a recibir en ese entorno laboral y valorar su alineación con la visión general de la Compañía en relación con el mundo y la sociedad.

5. Mantener la confianza de los inversores y generar expectativas de negocio rentables y sostenibles.

Inconvenientes

La preceptiva presentación anual del EINF en los Registros Mercantiles correspondientes, paulatinamente, se prevé que comporte la generación de un registro estadístico comparativo de Compañías, el cual puede llegar a derivar una especie de rating de desempeño de las Compañías en materia económica, medioambiental y social.

Este hecho, de ser como se vaticina, comportará una selección más intensa y extensa de las Compañías por parte de los clientes y los proveedores, a la hora de licitar, obtener financiación o gozar de aseguramiento de las actividades y operaciones, entre otros aspectos a destacar.

Elaboración y verificación del EINF

La elaboración del EINF, comporta los 3 aspectos básicos siguientes a considerar:

1. La obtención de la información y datos económicos, medioambientales y sociales.

En este apartado, es fundamental la intervención de la más alta dirección de la Compañía para transmitir la visión del negocio, la estrategia, las tendencias de mercado y los riesgos y oportunidades derivadas.

También resulta imprescindible la participación de los responsables funcionales de los distintos departamentos de la Compañía para seleccionar y facilitar la información técnica concreta a publicar, relativa a las diferentes áreas implicadas -compliance y legal, medioambiente, RR.HH., social, etc.

Por último, considerando que la elaboración del EINF es de periodicidad anual y por tiempo indefinido, así como requiere de información válida y consistente comparable, la definición e implantación de buenos sistemas de información de datos resulta crítica, tanto con la finalidad de optimizar los procesos de extracción y garantizar la calidad de los datos, como para salvaguardar el acceso confidencial a la información, alguna de la cual es de carácter muy sensible y altamente protegida legalmente.

2. Elaboración del EINF.

El EINF, puesto que es un documento público que tiene visibilidad para cualquier tercero interesado -accionistas y socios, clientes, empleados y otros trabajadores, proveedores y colaboradores, incluidas las entidades financieras y de crédito y sociedad en general-, aparte de dar cumplimiento a los requisitos legales y los estándares de referencia aplicables, debe confeccionarse con una visión y proyección de la mejor imagen posible de la Compañía. Por ello, es recomendable que en todo el proceso participen especialistas técnicos en el EINF y profesionales del área de marketing para garantizar la generación de la mejor expresión y carta de presentación de la Compañía al exterior.

3. Verificación del EINF.

La obligación de verificación independiente del EINF elaborado por la Compañía, hace que para conseguir la mejor opinión profesional posible de los auditores, resulte imprescindible documentar de forma consistente y trazable de todo el proceso, con detalle de las fuentes, el alcance y las limitaciones a la información y los datos incluidos en el EINF. Papel destacado y relevante en este apartado es, por tanto, el que debe tener el departamento financiero y de control interno de la Compañía.

Desde nuestro despacho profesional quedamos a su entera disposición para aclararles cualquier duda que se les pueda plantear al respecto, ampliarles la información sobre los requisitos y las responsabilidades derivadas y orientarles en relación a los pasos y consideraciones a tener en cuenta a efectos de la elaboración y verificación del EINF.

En nuestros próximos artículos de información y divulgación, continuaremos desarrollando los aspectos relativos al EINF; concretamente en nuestra próxima edición, nos centraremos en algunos aspectos concretos relativos al contenido del EINF, el cual consideramos es un nuevo estado de información corporativa con el que estamos comprometidos y nos hemos especializado para ayudar al desempeño de nuestros clientes en su elaboración.

Cortés & Pérez Auditores y Asesores Asociados, S.L.
Departamento Jurídico

miércoles, 10 de julio de 2019

ESTADO DE INFORMACIÓN NO FINANCIERA (EINF) una nueva obligación sobrevenida, con responsabilidad legal y reputacional


El pasado mes de diciembre de 2018 se aprobó, con efectos retroactivos, la Ley 11/2018, la cual, entre otros aspectos, introdujo nuevas obligaciones para las sociedades individuales y los grupos consolidados de sociedades, en relación con la información de carácter no financiero a reportar.

Concretamente, a raíz de la mencionada ley, se ha establecido la obligación de elaboración del Estado de Información No Financiera (EINF), para aquellas sociedades o grupos consolidados que durante 2 ejercicios consecutivos cumplan los siguientes requisitos:


Hasta 31 de diciembre de 2018
(cumplimiento 2017-2018)
A partir de 31 diciembre 2021
(cumplimiento 2020-2021)
·       Activo > 20 MM €
·      Cifra anual de negocios > 40 MM €
·      Número de empleados > 500
·      Activo > 20 MM €
·     Cifra anual de negocios > 40 MM €
·     Número de empleados > 250


Resumidamente, el EINF supone la elaboración de un estado de información que contiene información sobre los aspectos siguientes:

·   Modelo de negocio, políticas y riesgos corporativos.

·   Cuestiones medioambientales.

·   Cuestiones sociales y relativas al personal.

·   Aspectos relativos a los derechos humanos.

·   Asuntos concernientes a lucha contra la corrupción y el soborno.

·   Impactos en la sociedad:

-        Compromisos con el desarrollo sostenible.

-        Subcontratación y proveedores.

-        Consumidores.

-        Información fiscal.

Aparte del requisito legal de elaboración del EINF, implícitamente se generan las obligaciones adicionales siguientes:

·     Formular el EINF por el Órgano de Administración, con idéntica trascendencia y  responsabilidades que para el resto de documentos que conforman la Cuentas Anuales.

·     Verificar el EINF por un auditor independiente.

·     Aprobar el EINF por la Junta General Ordinaria de Accionistas/Socios.

·     Publicar el EINF en la página Web corporativa, con acceso público al informe por un periodo de 5 años.

·     Depositar el EINF en el Registro Mercantil.

Desde nuestro despacho profesional quedamos a su entera disposición para aclararles cualquier duda que se les pueda plantear al respecto, ampliarles la información sobre los requisitos y las responsabilidades derivadas y orientarles en relación a los pasos y consideraciones a tener en cuenta a efectos de la elaboración y verificación del EINF.

En nuestros próximos artículos de información y divulgación, continuaremos desarrollando los aspectos relativos al EINF; concretamente en nuestra próxima edición, nos centraremos en los efectos comerciales y reputacionales a tomar en consideración que justifican la necesidad de elaboración del EINF y la conveniencia de hacerlo con una visión más allá de la estrictamente legal.

Cortés & Pérez Auditores y Asesores Asociados, S.L.
Departamento jurídico