Entre
las principales novedades antifraude introducidas por el Gobierno recientemente
queremos hacer referencia a la Ley 7/2012, de 20 de octubre que entró en vigor
el pasado 31 de octubre destacando entre las diversas medidas aprobadas la que
limita el pago en efectivo en operaciones realizadas entre empresarios y
profesionales.
Concretamente,
con la nueva ley antifraude el Gobierno ha prohibido los pagos en efectivo
iguales o superiores a 2.500 euros cuando una de las partes de la operación sea
un empresario o profesional residente en España y los que superen los 15.000
euros si el pagador no reside en España. Es importante tener en cuenta que estas
limitaciones se refieren al precio convenido por cada operación con
independencia de que se convenga el pago fraccionado y cada fracción sea
inferior a dichas limitaciones. A modo de ejemplo conviene revisar la forma de
pago convenida, por ejemplo, en los contratos de arrendamiento, de ejecución de
obra o compraventas con pago aplazado en los que a pesar de que habitualmente
el pago suele fraccionarse el precio convenido es el del total de la operación
y, por tanto, muy probablemente quedará afectado por estas limitaciones legales.
También
hay que recordar que los justificantes de los medios de pago se deben conservar
durante un mínimo de 5 años.
El
incumplimiento de esas limitaciones supone la comisión de una infracción
administrativa tanto para el pagador como para el receptor, con una sanción del 25% del valor del pago
total realizado. Es decir, si por ejemplo, el importe pagado en efectivo
asciende a 10.000 euros, la sanción sería de 2.500 euros a pagar entre los dos
incumplidores, aunque Hacienda puede dirigirse sólo contra uno de ellos.
Con
el fin de facilitar la efectividad de esta medida, la norma contempla que el
contribuyente que voluntariamente comunique el pago en efectivo a Hacienda
antes del transcurso de tres meses será
exonerado de la sanción.
Según
declaraciones del propio Ministerio de Hacienda, se trata de la ley antifraude
"más ambiciosa" de la historia de la democracia española, ya que dota
a la Agencia Tributaria de los instrumentos legales "más novedosos y
eficaces" por lo que conviene atender a su contenido para evitar el
régimen sancionador que la ley establece.
Cortés, Pérez i
Associats, Economistes i Advocats, S.L.
Departamento jurídico