Los socios de las compañías mercantiles, con independencia del tipo concreto de sociedad con que operen, deben optar por un sistema de administración y elegir las personas, físicas o jurídicas, que han de ocupar dicho cargo.
El órgano de administración además de ser de carácter permanente es el que ejecuta las decisiones de la compañía y a través del cual la sociedad se puede ver representada en su actividad y operativa económica ante terceros.
El órgano de administración además de ser de carácter permanente es el que ejecuta las decisiones de la compañía y a través del cual la sociedad se puede ver representada en su actividad y operativa económica ante terceros.